Dt 4 Administración digital de Galicia

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D.T. 4ª. Presencia del sector público autonómico en internet.

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1. Se mantiene en vigor el Decreto 201/2011, de 13 de octubre, por el que se regula la presencia de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia en internet, en todo lo que no resulte incompatible con la presente ley.

2. La actual Red integrada de portales de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, regulada en el artículo 9 del Decreto 201/2011, de 13 de octubre, pasa a denominarse Red integrada de la presencia en internet.

3. El actual Catálogo de portales, regulado en el artículo 12 del Decreto 201/2011, de 13 de octubre, pasa a denominarse Catálogo de la Red integrada de la presencia en internet, según lo contemplado en el artículo 56 de esta ley, ampliando su contenido en los términos indicados en dicho precepto.

4. La Guía de políticas web, regulada en el artículo 13 del Decreto 201/2011, de 13 de octubre, pasa a denominarse Guías de políticas web corporativas, según lo contemplado en el artículo 57 de esta ley, ampliando su contenido en los términos indicados en dicho precepto.