Dt 4 el que se aprueba el... Andalucia

Dt 4 el que se aprueba el Reglamento Taurino de Andalucia

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DISPOSICIÓN TRANSITORIA CUARTA. Inscripción en el Registro de Empresas de Espectáculos Taurinos de Andalucía.

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1. A partir de la fecha de entrada en vigor del presente Decreto, las empresas dedicadas a la organización de espectáculos o festejos taurinos dispondrán de un año para inscribirse en el Registro de Empresas de Espectáculos Taurinos de Andalucía y constituir, en su caso, la garantía prevista en el Reglamento.

2. De no cumplirse en el plazo establecido los requisitos señalados en el apartado anterior, no se le autorizará la celebración de espectáculos o festejos taurinos.