Dt 4 el que se aprueba el Reglamento Taurino de Andalucia
Ver Indice
»DISPOSICIÓN TRANSITORIA CUARTA. Inscripción en el Registro de Empresas de Espectáculos Taurinos de Andalucía.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. A partir de la fecha de entrada en vigor del presente Decreto, las empresas dedicadas a la organización de espectáculos o festejos taurinos dispondrán de un año para inscribirse en el Registro de Empresas de Espectáculos Taurinos de Andalucía y constituir, en su caso, la garantía prevista en el Reglamento.
2. De no cumplirse en el plazo establecido los requisitos señalados en el apartado anterior, no se le autorizará la celebración de espectáculos o festejos taurinos.
