Dt 4 Asistencia jurídica gratuita
Dt 4 Asistencia jurídica gratuita

Dt 4 Asistencia jurídica gratuita

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D.T. 4ª. Acreditación de actuaciones previamente devengadas.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Aquellas actuaciones devengadas con anterioridad a la entrada en vigor de este decreto, en las que conste resuelto con carácter previo expediente de asistencia jurídica gratuita, deberán acreditarse por parte de los profesionales designados en el plazo máximo de seis meses ante el colegio profesional correspondiente.

A estas actuaciones les serán de aplicación las bases económicas y módulos de compensación vigentes al tiempo de producirse el devengo.