Dt 4 Cooperativas de Illes Balears
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»D.T. 4ª. Certificado de denominaciones.
Vigente
Mientras no se cumplan las previsiones del artículo 109 de la Ley 27/1999, de 16 de julio, de cooperativas, el certificado negativo de denominación será solicitado a la sección central del registro de cooperativas dependiente del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-03-2003 en vigor desde 29-04-2003