Dt 4 Deporte de Castilla-La Mancha
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»DISPOSICIÓN TRANSITORIA CUARTA.
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El Comité de Disciplina Deportiva de Castilla-La Mancha y el Consejo Regional de Deportes continuarán funcionando con arreglo a su normativa actual, hasta tanto no se desarrollen reglamentariamente las previsiones de la presente Ley. Una vez dictada la normativa de desarrollo, se producirá la renovación íntegra de sus miembros en el plazo máximo de seis meses desde la entrada en vigor de las normas reglamentarias.
