Dt 4 Desarrollo de acción...iva social

Dt 4 Desarrollo de acción concertada para prestación de servicios sociales por entidades de iniciativa social

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D.T. 4ª. Incompatibilidad de subvenciones y régimen de acción concertada. Regularización de pagos

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1. En caso de que durante un mismo ejercicio, existiendo una previa subvención concedida para un programa anual de financiación de plazas, se establezca, modifique o amplíe el régimen de la acción concertada, la entidad de iniciativa social deberá renunciar al importe de la subvención concedida correspondiente al plazo afectado por la incompatibilidad, con la obligación de reintegro, en su caso, el importe de la parte de pagos no justificados afectada por la misma, con carácter previo a la formalización del concierto, su modificación o ampliación.

2. En caso de que la justificación de la subvención esté sometida a un plazo de justificación que resulte ineludible aplicar, sin que la acción concertada pueda demorarse, el primer pago del concierto quedará condicionado a la correcta justificación de la subvención otorgada, y, en su caso, su regularización.