Dt 4 Desarrollo del contrato para formación y aprendizaje y bases de formación profesional dual
- Norma vigente hasta el 17 de diciembre de 2025. No obstante, mantendrá su vigencia en lo referido a la formación profesional dual educativa, en los ámbitos en los que se esté aplicando, hasta el 31 de diciembre de 2028, periodo transitorio previsto en la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, tal y como se establece en el Real Decreto 1065/2025, de 26 de noviembre. - Real Decreto 1065/2025, de 26 de noviembre, por el que se desarrolla el régimen del contrato formativo, previsto en el artículo 11 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
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»D.T. 4ª. Celebración de contratos para la formación y el aprendizaje en relación con la tasa de desempleo.
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Será de aplicación a los trabajadores menores de 30 años lo contemplado en el apartado 1 de la disposición transitoria novena de la Ley 3/2012, de 6 de julio, sobre la no aplicabilidad del límite de edad para realizar contratos para la formación y el aprendizaje en los términos allí expuestos.
