Dt 4 Estatuto de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea
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»D.T. 4ª. Régimen presupuestario y de rendición de cuentas aplicable durante 2008.
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Durante todo el ejercicio 2008 no se alterará la estructura presupuestaria vigente, desarrollando la Agencia Estatal de Seguridad Aérea su actuación de acuerdo con el régimen presupuestario y de rendición de cuentas aplicable a la Dirección General de Aviación Civil, en los términos previstos en la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2008, y la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. Todos los gastos necesarios para el funcionamiento de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea se imputarán en la forma y con cargo a los créditos previstos para la Dirección General de Aviación Civil.
Modificaciones
- Artículo modificado (D.T. 4ª) por REAL DECRETO 1615/2008, de 3 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 184/2008, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal de Seguridad Aerea.
(BOE de 10-10-2008) en vigor desde 11-10-2008
