Dt 4 Hacienda de la Comunidad de Madrid
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»D.T. 4ª. Adaptación de los órganos, entidades y organismos del sector público autonómico.
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Todos los órganos, entidades y organismos del sector público autonómico en el momento de la entrada en vigor de esta ley continuarán rigiéndose por su normativa específica, hasta su adaptación a lo establecido en las disposiciones adicionales de esta ley.
