Dt 4 instrucción de contabilidad para la Administración Institucional del Estado
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»D.T. 4ª. Balance de resultados e informe de gestión.
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En tanto no se asuma el seguimiento de los objetivos presupuestarios en el propio Sistema de Información Contable a que se refiere el capítulo I del título II de la Instrucción que se aprueba por esta Orden, la información a incluir en el “balance de resultados e informe de gestión” que figura en el epígrafe 8 de la nota 23 de la Memoria de las cuentas anuales, según se establece en la regla 27 de la Instrucción que se aprueba por esta Orden, se facilitará por los gestores obteniéndose la misma a través de sus sistemas de gestión.
Modificaciones
- Artículo modificado (D.T. 4ª) por Orden HFP/1105/2017, de 16 de noviembre, por la que se modifican las Órdenes del Ministerio de Economía y Hacienda de 1 de febrero de 1996, por las que se aprueban los documentos contables a utilizar por la Administración General del Estado y la Instrucción de operatoria contable a seguir en la ejecución del gasto del Estado; la Orden EHA/2045/2011, de 14 de julio, por la que se aprueba la Instrucción de contabilidad para la Administración Institucional del Estado y la Orden EHA/3067/2011, de 8 de noviembre, por la que se aprueba la Instrucción de Contabilidad para la Administración General del Estado.
(BOE de 18-11-2017) en vigor desde 19-11-2017
