Dt 4 Presupuestos 2004 Madrid
Ver Indice
»D.T. 4ª. Planes de pensiones de empleo o seguros colectivos.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Los planes de pensiones de empleo o seguros colectivos en los que las Administraciones, entidades o sociedades a las que se refiere el artículo 17.1 de esta Ley actúen como promotoras, que estuvieran en vigor y autorizados con anterioridad al 1 de octubre de 2003, y cuyas aportaciones por cuenta de los citados promotores superaran el porcentaje del 0,5 por 100 de la masa salarial prevista en el artículo 17.3 de esta Ley, podrán mantener la cuantía y estructura de dicha aportación, quedando absorbido dentro de la misma el incremento porcentual anteriormente citado.
