Dt 4 Presupuestos 2014 I. Balears
D.T. 4ª. Régimen aplicable a los expedientes pendientes de resolución relativos a indemnizaciones por obras e instalaciones de depuración de aguas residuales
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En la tramitación y la resolución de los expedientes de indemnizaciones y compensaciones por obras e instalaciones de depuración de aguas residuales regulados en el Decreto 51/1992, de 30 de julio, sobre indemnizaciones y compensaciones por obras e instalaciones de depuración de aguas residuales, que se encuentren pendientes de resolución a la entrada en vigor de la presente ley, deberán aplicarse las normas relativas a la necesidad de disponibilidad presupuestaria y a la sujeción a la planificación establecida por la consejería competente en materia de medio ambiente, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 del citado Decreto 51/1992 y en la disposición adicional segunda de la Ley 9/1991, de 27 de noviembre, reguladora del canon de saneamiento de aguas, en la redacción de ambos preceptos dada por la Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Illes Balears para el año 2013.
