Dt 4 Procedimiento de sel...o interino

Dt 4 Procedimiento de selección de personal funcionario interino

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DISPOSICIÓN TRANSITORIA CUARTA. Aplicación del Decreto a las bolsas de personas aspirantes formadas como consecuencia de los procesos selectivos de la Oferta Pública de Ocupación del 2008 y al personal interino que pueda ser calificado como no disponible por prestar servicios en la administración autonómica.

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1. Las determinaciones establecidas en este Decreto se aplicarán a las bolsas de personas aspirantes para nombrar personal funcionario interino de los diferentes cuerpos, escalas o especialidades que hayan sido objeto de las convocatorias específicas correspondientes como consecuencia de la Oferta Pública de Ocupación del 2008, integradas por las personas que hayan aprobado al menos alguna prueba obligatoria de la convocatoria pública de selección correspondiente, aunque esta convocatoria se haya publicado con anterioridad a la entrada en vigor de este Decreto.

2. Igualmente, a partir de la entrada en vigor de este Decreto, las personas integrantes de las bolsas vigentes que estén prestando servicios como personal funcionario interino en la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares serán calificadas en situación de no disponible para puestos correspondientes al mismo cuerpo, escala o especialidad, y en la misma isla, en los casos en que esté constituida por islas.