Dt 4 Régimen electoral general

Dt 4 Régimen electoral general

Ver Indice
»

D.T. 4ª.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



La primera revisión anual del censo electoral a la que será aplicable lo dispuesto en el artículo 35 de la presente Ley se realizará a partir del fichero nacional de electores que la Oficina del Censo Electoral elabore ajustado a la Renovación de los Padrones Municipales de Habitantes de 1986.