Dt 4 Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido
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»D.T. 4ª. Sujetos pasivos inscritos en el Registro de Exportadores y otros Operadores Económicos
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Los sujetos pasivos que se encontrasen inscritos en el Registro de Exportadores y otros Operadores Económicos en la fecha de entrada en vigor del presente Decreto Foral y reúnan los requisitos establecidos en el artículo 20.3 de este Reglamento, con exclusión de lo dispuesto en el ordinal 1º de dicho precepto, quedarán automáticamente inscritos en el nuevo Registro de Devolución Mensual a todos los efectos, salvo que soliciten la baja de éste en el plazo establecido en la disposición transitoria tercera.
