Dt 4 Reglamento del IRPF del THB
Ver Indice
»D.T. 4ª. Tipos de retención e ingreso a cuenta en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para el año 2015.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Los porcentajes de retención e ingreso a cuenta del 19 por 100 previstos en los artículos 89, 98 y en el apartado 2 del artículo 100 del presente Reglamento serán el 20 por 100 cuando la obligación de retener o ingresar a cuenta hubiera nacido con anterioridad a 12 de julio de 2015. Cuando el nacimiento de la obligación de retener o ingresar a cuenta se hubiera producido a partir de dicha fecha, el porcentaje de retención o ingreso a cuenta será el 19,5 por 100.
Modificaciones
- Modificación realizada (D.T. 4ª (se modifica contenido y ríbrica)) por DECRETO FORAL de la Diputación Foral de Bizkaia 128/2015, de 21 de julio, por el que se modifican el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades en materia de pagos a cuenta.
(BI de 28-07-2015) en vigor desde 12-07-2015 - Artículo modificado (D.T. 4ª.) por DECRETO FORAL de la Diputación Foral de Bizkaia 164/2014, de 16 de diciembre, por el que se modifican el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades en materia de pagos a cuenta.
(BI de 19-12-2014) en vigor desde 01-01-2015
