Dt 4 Reglamento de ordenación de la enseñanza en la Guardia Civil
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Dt 4 Reglamento de ordenación de la enseñanza en la Guardia Civil

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D.T. 4ª. Cursos de capacitación para el personal de las escalas a extinguir de la Ley 42/1999, de 25 de noviembre, de Régimen del Personal del Cuerpo de la Guardia Civil.

Vigente

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1. Tendrán la consideración de cursos de capacitación según lo dispuesto en el Reglamento aprobado por este real decreto, los de los empleos de coronel de la escala facultativa superior, teniente coronel de la escala de oficiales y de la escala facultativa técnica, todas ellas de la Ley 42/99, de 25 de noviembre, previstos en la disposición transitoria octava de la Ley 29/2014, de 28 de noviembre.

2. Para asistir a los cursos de capacitación previstos en el apartado anterior, será seleccionado un número limitado de alumnos mediante evaluaciones previas, que serán realizadas conforme a lo que se establezca en la normativa que regule las evaluaciones y ascensos en la Guardia Civil.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 17-03-2018 en vigor desde 06-04-2018