Dt 4 Reglamentos 1/1995, 2/1995, 3/1995, 4/1995 y 5/1995, de la Carrera Judicial, de la Escuela Judicial, de los Jueces de Paz, de los Órganos de Gobierno de Tribunales y de los Aspectos Accesorios de las Actuaciones Judiciales
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»D.T. 4ª. Distribución entre turnos y provisión de vacantes.
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Las vacantes en la categoría de Magistrado que hayan quedado desiertas hasta la entrada en vigor del Reglamento 1/1995, de la Carrera Judicial, y que no hayan sido cubiertas efectivamente por falta de aspirantes seleccionados en las pruebas y concursos a que se refieren los artículos 312 y 313 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, se proveerán con arreglo a lo dispuesto en los preceptos correspondientes del título VIII del Reglamento 1/1995, de la Carrera Judicial.
