D.T. 4ª.
D.T. 4ª.
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Durante el periodo de 10 años a que se hace referencia en el apartado 2 b) de la Disposición Adicional Novena, el artículo 11 de la Norma Foral 19/1997, de 30 de junio, reguladora del Fondo Foral de Financiación de las Entidades Locales de Álava, queda redactado en los siguientes términos:
"Artículo 11.- Participación complementaria
El cálculo anual de la asignación que corresponda a cada Ayuntamiento con cargo a la participación complementaria, se determina de la forma siguiente:
a) Asignación fija, de 21.035,42 euros a cada uno de los Ayuntamientos.
b) La cantidad resultante de deducir del importe de la participación complementaria la asignación fija municipal, se distribuirá de la forma siguiente:
- Un 2 por 100 se dedicará a la compensación a la Diputación Foral de Álava por el saldo del Fondo de Estabilización de Participación de las Entidades Locales (FEPEL) a 31 de diciembre de 2011.
- Un 59 por 100 se distribuirá en proporción a la población de derecho de cada municipio.
- Un 5 por 100 en función del esfuerzo fiscal per cápita de cada municipio ponderado por su población de derecho.
- Un 12,25 por 100 entre los Ayuntamientos con más de mil habitantes, en función de su población de derecho.
- Un 9,5 por 100 se distribuirá entre los Ayuntamientos de más de cinco mil habitantes, proporcionalmente a su población de derecho.
- Un 9,25 por 100 se distribuirá entre los Ayuntamientos de quince mil o más habitantes, en función de su población de derecho.
- Un 3 por 100 corresponderá a los Ayuntamientos con más de cincuenta mil habitantes."
(NOTA: Con efectos para la liquidación del ejercicio 2020 y los repartos y la liquidación del ejercicio 2021 del Fondo Foral de Financiación de las Entidades Locales de Álava, se suspende la vigencia de la presente disposición)
- Modificación realizada (D.T. 4ª (se suspende conforme a lo indicado en la nueva D.T. 8ª)) por Norma Foral 1/2021, de 26 de enero, de Ejecución del Presupuesto del Territorio Histórico de Álava para el año 2021
(Boletín Oficial de Alava de 01-02-2021) en vigor desde 01-01-2021 - Artículo modificado (D.T. 4ª (se añade)) por Norma Foral 17/2011, de 20 de diciembre, de Ejecución del Presupuesto del Territorio Histórico de Álava para el año 2012.
(Boletín Oficial de Alava de 30-12-2011) en vigor desde 01-01-2012
