Dt 4 Servicios de prevención y extinción de incendios y de salvamentos
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»D.T. 4ª.
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Los bomberos voluntarios que a la entrada en vigor de la presente Ley tienen el correspondiente nombramiento, expedido por la Dirección General de Prevención y Extinción de Incendios y de Salvamentos de Cataluña, gozan de la consideración de bomberos voluntarios de la Generalidad.
