Dt 4 Suelo y Espacios Naturales Protegidos
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»D.T. 4ª.- Autorización de usos de interés público o social en suelo rústico: expedientes en trámite.
Vigente
La limitación para autorizar usos de interés público o social en suelo rústico de protección agraria establecida en el artículo 62 de la presente ley no será de aplicación a los expedientes en tramitación a la entrada en vigor de la presente ley o que se inicien antes del 31 de diciembre de 2018.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 19-07-2017 en vigor desde 01-09-2017