Dt 4 TR. de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo
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»D.T. 4ª.- Autorizaciones en suelo no urbanizable que han agotado el plazo.
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Las autorizaciones de suelo no urbanizable que a la entrada en vigor de la Ley Foral 5/2015, de 5 de marzo, hayan agotado el plazo máximo de dos años desde su otorgamiento sin haberse ejecutado y no hayan sido expresamente prorrogadas en el plazo máximo de dos meses concedido al efecto agotarán automáticamente sus efectos y devendrán ineficaces.
