Dt 4 Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana
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»D.T. 4ª.- Plan de Gobierno al inicio de la legislatura.
Vigente
La obligación de presentar el Plan de Gobierno previsto en el artículo 14 de esta ley será de aplicación a partir de la siguiente legislatura.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 10-04-2015 en vigor desde 10-07-2015