Dt 43 Impuesto sobre Sociedades de Navarra -Derogada-
D.T. 43ª. Prórroga de la reducción del tipo de gravamen al 27, al 20 o al 17 por 100, condicionada al mantenimiento o a la creación de empleo, en los periodos impositivos que se inicien durante los años 2012 y 2013.
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(Lo establecido en esta disposición se entiende con efectos para periodos impositivos que se inicien durante 2012 y 2013.)-
Para que en los periodos impositivos que se inicien durante los años 2012 y 2013 los sujetos pasivos puedan aplicar el tipo de gravamen del 27, del 20 o del 17 por 100, fijado en el artículo 50, deberán cumplir los requisitos y condiciones establecidos en la disposición transitoria trigésima séptima.
Las referencias que los apartados 2 y 4 de la mencionada disposición transitoria hacen a la constitución de la entidad en los años 2010 ó 2011, se entenderán realizadas a los años 2012 ó 2013.
En caso de incumplimiento de aquellas condiciones y requisitos se aplicarán los tipos de gravamen correspondientes a la normativa vigente a 31 de diciembre de 2009, y la regularización se realizará conforme a lo establecido en la citada disposición transitoria trigésima séptima.
- Artículo modificado (Articulo historico) por LEY FORAL 20/2011, de 28 de diciembre, de modificaciónde diversos impuestos y otras medidas tributarias.
(NA de 30-12-2011) en vigor desde 01-01-2012
