Dt 44 Impuesto sobre Soci...-Derogada-

Dt 44 Impuesto sobre Sociedades de Navarra -Derogada-

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D.T. 44ª. Reserva especial para Inversiones: régimen transitorio de la reducción a tres años del plazo para el mantenimiento del incremento de los fondos propios y para la aplicación de su importe.

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El nuevo plazo de tres años, establecido en los artículos 42.1 y 44.4, para que se mantenga el incremento de los fondos propios en el importe de la Reserva especial para inversiones o para que pueda aplicarse el importe de dicha Reserva, se aplicará a los sujetos pasivos que a 31 de diciembre de 2012 se encuentren pendientes de cumplir el requisito del plazo de cinco años indicado en la redacción original de los referidos artículos 42.1 y 44.4.

Por el contrario, el nuevo plazo no se aplicará a los sujetos pasivos que en la citada fecha de 31 de diciembre de 2012 hayan incumplido el señalado plazo de cinco años referido al mantenimiento del incremento de los fondos propios en el importe de la Reserva o, en su caso, a la aplicación del importe de dicha Reserva.

Modificaciones