Dt 5 Ampliación de medidas para paliar los efectos de la sequía
Dt 5 Ampliación de medida... la sequía

Dt 5 Ampliación de medidas para paliar los efectos de la sequía

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

D.T. 5ª. Exenciones temporales de tasas portuarias para el sector pesquero.

Vigente

Tiempo de lectura: 2 min

Tiempo de lectura: 2 min


1. Los sujetos pasivos de la Tasa T4 a la pesca fresca regulada en el artículo 55 de la Ley 21/2007, de 18 de diciembre, de Régimen Jurídico y Económico de los Puertos de Andalucía, estarán exentos del cumplimiento de la obligación de pago de la referida tasa que se devengue durante el segundo trimestre del ejercicio 2022.

2. Los sujetos pasivos de la Tasa T7 por ocupación de superficie regulada en el artículo 58 de la Ley 21/2007, de 18 de diciembre, que sean pertenecientes al sector pesquero y ocupantes del dominio público portuario de Andalucía mediante compromisos de ocupación suscritos con la Agencia Pública de Puertos de Andalucía, estarán exentos del cumplimiento de la obligación de pago de la parte de la cuota correspondiente al segundo trimestre de 2022.

3. Los sujetos pasivos de las tasas por ocupación privativa y aprovechamiento especial para la prestación de servicios públicos portuarios o el ejercicio de actividades comerciales o industriales en los puertos, reguladas en los artículos 63 y 64 de la Ley 21/2007, de 18 de diciembre, ocupantes del dominio público portuario de Andalucía pertenecientes al sector pesquero, estarán exentos del cumplimiento de la obligación de pago de la parte de la cuota correspodiente al segundo trimestre de 2022.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 04-04-2022 en vigor desde 05-04-2022