Dt 5 Caza de Aragón -Derogada-
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»DISPOSICIÓN TRANSITORIA QUINTA. Cercados cinegéticos.
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(DEROGADO)
1. Los cotos comerciales de caza coincidentes con cercados cinegéticos de caza mayor existentes a la entrada en vigor de esta Ley pasarán a denominarse cotos privados de caza, independientemente de la superficie que tengan.
2.
Modificaciones
- Artículo modificado (Disposición Transitoria Quinta (apdo. 2)) por Ley 3/2012, de 8 de marzo, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón.
(BOE de 17-04-2012) en vigor desde 20-03-2012
