Dt 5 Coordinación de las Policías Locales de Cantabria -Derogada-
- Esta norma ha sido derogada, con la excepción del artículo 8.3 que mantendrá su vigencia hasta la aprobación de las nuevas Normas Marco, según dispone la Ley 3/2023, de 26 de diciembre, que modifica la Disposición derogatoria única de la Ley de Cantabria 9/2022, de 27 de diciembre, por la que se derogó esta norma. - Ley de Cantabria 9/2022, de 27 de diciembre, de Coordinación de Policías Locales de Cantabria.
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»D.T. 5ª. Integración de funcionarios de Policía Local
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La integración de los funcionarios de Policía Local prevista en esta Ley, que suponga cambio de Grupo, se realizará de modo que no suponga un incremento de gasto público.
En estos casos, se pasará a percibir el sueldo base correspondiente al nuevo Grupo de titulación, pero el exceso sobre el Grupo anterior se deducirá de sus retribuciones complementarias, preferentemente del concepto de productividad si lo hubiere, de forma que perciban idénticas retribuciones mensuales respecto a la situación anterior.
