Dt 5 Medidas fiscales, fi...turísticos

Dt 5 Medidas fiscales, financieras y administrativas e impuesto sobre estancias en establecimientos turísticos

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DISPOSICIÓN TRANSITORIA QUINTA. Reducción de la jornada de los puestos de trabajo ocupados por personal interino del ámbito de la Mesa sectorial de negociación del personal de administración y técnico.

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1. El Gobierno, al amparo de lo dispuesto por los artículos 68 y 69 del Decreto legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública, con carácter transitorio y como medida de contención del gasto en materia de personal para la reducción del déficit público, debe aprobar un plan de ocupación que incluya, como medida de prestación de servicios a tiempo parcial, la reducción en un 15% de la jornada de los puestos de trabajo ocupados por personal interino del ámbito de la Mesa sectorial de negociación del personal de administración y técnico, de acuerdo con el artículo 47 de la Ley del Estado 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto básico del empleado público, con la reducción proporcional de las retribuciones de los puestos de trabajo.

2. El plan de ocupación debe garantizar la correcta prestación de los servicios públicos.

3. Quedan excluidos de la medida transitoria establecida por esta disposición los puestos de trabajo ocupados por personal interino del cuerpo de bomberos de la Generalidad, del cuerpo de agentes rurales, de los cuerpos de aux iliares técnicos y técnicos especialistas de la Generalidad de Cataluña del grupo servicios penitenciarios, y del cuerpo de titulación superior de la Generalidad, veterinaria del ámbito de matadero.

4. La medida transitoria establecida por la presente disposición tiene una duración de dos años. Este plazo puede ser modificado por acuerdo de Gobierno atendiendo al cumplimiento de los objetivos de reducción del déficit público.