Dt 5 Modificación de la Ley 2/2002 -Gestión de Emergencias-
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»D.T. 5ª. Acceso del personal interino y laboral existente.
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1. Los Servicios de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento que con anterioridad a la entrada en vigor de la presente modificación de la ley tengan bomberos con nombramiento interino o laboral podrán hacer uso, por una sola vez, del procedimiento de concurso-oposición por turno libre para su personal.
2. Esta atribución solamente podrá ejercitarse dentro del período de dos años desde la entrada en vigor de la presente modificación de la Ley.
