Dt 5 Urbanismo de I Balears

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D.T. 5ª. Conservación de urbanizaciones

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En caso de que la conservación de las obras y los servicios de urbanización esté encomendada, a la entrada en vigor de la presente ley, a entidades urbanísticas con esta finalidad u objeto, se seguirán conservando de acuerdo con el régimen vigente en el momento de su constitución.