Dt 5 Vivienda de Galicia
- Téngase en cuenta que las referencias a la licencia de primera ocupación contenidas en esta ley, se entenderán realizadas a la comunicación previa de primera ocupación de edificaciones por disposición de la Ley 7/2022 de 27 de diciembre. - LEY 7/2022, de 27 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas.
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»DISPOSICIÓN TRANSITORIA QUINTA. Disposiciones sancionadoras.
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Los procedimientos sancionadores iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Ley se concluirán de acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente en el momento en que se dictó el acuerdo de incoación, salvo en lo que favorezca a la presunta persona responsable de la infracción.
