D.T. 6ª. Obligación de inscripción en el Censo de suelo empresarial de Galicia para áreas empresariales preexistentes
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El plazo de dos meses para solicitar la inscripción en el Censo de suelo empresarial de Galicia, previsto en el artículo 5, se computará desde 1 de enero de 2025 para las áreas empresariales ya finalizadas o en proceso de construcción en el momento de entrada en vigor de esta ley.
Modificaciones
- Artículo modificado (D.T. 6ª (se añade)) por LEY 5/2024, de 27 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas.
(G de 31-12-2024) en vigor desde 01-01-2025
