Dt 6 bis Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de C. Valenciana
Ver Indice
»D.T. 6ª bis.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Los establecimientos públicos cuyas actividades se adapten a la tipología de las actividades encuadrables como salas socioculturales y salas de artes escénicas en la presente ley y su catálogo anexo, dispondrán de un período temporal de tres años para solicitar la adecuación de su actual título habilitante para el desarrollo de su actividad a esta nueva denominación.
Modificaciones
- Artículo modificado (D.T. 6ª bis (se añade)) por LEY 6/2018, de 12 de marzo, de la Generalitat, de modificación de la Ley 14/2010, de 2 de diciembre, de la Generalitat, de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos. [2018/2754]
(GV de 16-03-2018) en vigor desde 17-03-2018
