Dt 6 Cooperativas de Cataluña -Derogada-

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D.T. 6ª. Inscripción de las cooperativas de crédito

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Hasta la entrada en vigor del Reglamento regulador del Registro de Cooperativas de Crédito de Cataluña, las cooperativas de crédito a las que sea de aplicación la presente Ley deben seguir solicitando su inscripción en el Registro de Cooperativas de Cataluña, adjuntando la documentación necesaria al efecto.

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