Dt 6 Creación de la Comis...ompetencia

Dt 6 Creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia

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D.T. 6ª. Puestos de trabajo de personal funcionario que venían siendo desempeñados por personal laboral.

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Con carácter excepcional, el personal laboral fijo de los organismos públicos extintos que viniese ocupando puestos con funciones que, de acuerdo con lo establecido en esta Ley, deban ser desempeñadas por personal funcionario, podrá seguir ocupando dichos puestos.

Asimismo, los puestos que se puedan crear, así como los que queden vacantes, deberán ajustar su naturaleza a las previsiones del régimen jurídico de personal del artículo 31 de esta Ley.

Disposición transitoria séptima. Presupuestos aplicables hasta la aprobación de los presupuestos de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.

Una vez constituida la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, en tanto en cuanto no disponga de un presupuesto propio, se mantendrán los presupuestos de los organismos que, de conformidad con la Disposición adicional segunda, queden extinguidos.