Dt 6 criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.T. 6ª. Usuarios del SINAC.
Vigente
A partir del 1 de junio de 2003 los usuarios ligados a zonas de abastecimiento con más de 500 habitantes podrán solicitar el alta como usuarios del SINAC a sus administradores autonómicos y a partir del 1 de enero de 2004 para el resto de los usuarios de zonas de abastecimiento menores.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa. Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en el presente Real Decreto y en particular el Real Decreto 1138/1990, de 14 de septiembre, por el que se aprueba la Reglamentación técnico-sanitaria para el abastecimiento y control de calidad de las aguas potables de consumo público.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 21-02-2003 en vigor desde 22-02-2003