Dt 6 Ley 2/2003, de 30 de..., Vivienda

Dt 6 Ley 2/2003, de 30 de enero, Canarias, Vivienda

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D.T. 6.ª Ejercicio de competencias de los cabildos por el Instituto Canario de la Vivienda.

Vigente

En tanto no se asuman por los cabildos insulares las competencias que se enuncian en el artículo 5.1 a y b de esta Ley se ejercerán por el Instituto Canario de la Vivienda.