Dt 6 Medidas 2017 fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat
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»D.T. 6ª
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El devengo del impuesto sobre eliminación de residuos en vertederos e incineración, coincineración y valorización energética, referido a la realización del hecho imponible sobre vertedero, incineración, coincineración o valorización energética, se producirá a partir del 1 de julio de 2018.
Modificaciones
- Artículo modificado (D.T. 6ª) por LEY 17/2018, de 11 de julio, de la Generalitat, de modificación de la Ley 21/2017, de 28 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización de la Generalitat. [2018/6872]
(GV de 13-07-2018) en vigor desde 02-08-2018
