Dt 6 Mejora y simplificación de la regulación para el fomento de la actividad productiva
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»D.T. 6ª. Procedimientos de reordenación del sector público de Andalucía.
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La modificación del artículo 35 de la Ley 1/2011, de 17 de febrero, de Reordenación del Sector Público de Andalucía, recogida en el artículo 15 del presente Decreto-ley, será de aplicación a los procedimientos administrativos de enajenación iniciados con anterioridad a su entrada en vigor.
Disposición transitoria séptima. Plan General del Turismo.
El procedimiento de aprobación de un nuevo Plan General del Turismo iniciado a la entrada en vigor del presente Decreto-ley se ajustará a las previsiones contenidas en el mismo.
