Dt 6 Reforma de la Ley 39/1988 Reguladora de las Haciendas Locales
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»D.T. 6ª. Determinación de la base liquidable del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
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(DEROGADO)
Durante los ejercicios 2003 y 2004, la determinación de la base liquidable del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, atribuida a los Ayuntamientos en el apartado 3 del artículo 78 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, se realizará por la Dirección General del Catastro, salvo que el Ayuntamiento comunique a dicho centro directivo que la indicada competencia será ejercida por él. Esta comunicación deberá hacerse antes de que finalice el mes de febrero de cada uno de los indicados años.
Modificaciones
- Artículo modificado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
(BOE de 09-03-2004) en vigor desde 10-03-2004
