Dt 6 Reglamento del Impue...-Derogado-

Dt 6 Reglamento del Impuesto sobre Sociedades de Gipuzkoa -Derogado-

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D.T. 6ª. Plazos de presentación de solicitudes para la aprobación de determinados planes especiales y de criterios de imputación temporal diferentes al del de vengo.

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Las solicitudes que a continuación se relacionan, que afecten a períodos impositivos iniciados con posteríoridad a la producción de efectos de la Norma Foral del Impuesto, deberán presentarse en el plazo de un mes contado a partir de la fecha de entrada en vigor del presente Decreto Foral:

a) Solicitudes de aprobación de planes de amortización, en los términos previstos en el artículo 2. del presente Decreto Foral.

b) Solicitudes de aprobación de planes de reparaciones extraordinarias, en los términos previstos en el artículo 4. del presente Decreto Foral.

c) Solicitudes de aprobación de planes de dotación para la cobertura de gastos de abandono de explotaciones económicas de carácter temporal, en los términos previstos en el artículo 5. del presente Decreto Foral.

d) Solicitudes de aprobación de criterios de imputación temporal diferentes al del devengo, en los términos previstos en el artículo 19 del presente Decreto Foral.