Dt 6 Universidades de la Región

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D.T. 6ª. Plazo para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Interuniversitario de la Región de Murcia.

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El Consejo Interuniversitario elaborará y elevará a la consideración y aprobación del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia su Reglamento de Organización y Funcionamiento en un plazo de seis meses, contado a partir de la entrada en vigor de esta Ley.