Dt 7 el que se aprueba el reglamento de Selección, Provisión de Puestos de Trabajo y Carrera Administrativa del Personal comprendido en el ámbito de aplicación de la Ley de Función Pública Valenciana
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»DISPOSICIÓN TRANSITORIA SÉPTIMA.
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1. El personal funcionario cuya situación en materia de grado deba ser modificada en virtud de las normas contenidas en el presente reglamento, deberá así solicitarlo ante la Dirección General de Función Pública.
2. A partir de la entrada en vigor del presente reglamento, y previa clasificación, si procede, del puesto de trabajo en el complemento de destino mínimo establecido en el artículo 36 de este reglamento, por la Dirección General de Función Pública se reconocerá de oficio el grado correspondiente a dicho nivel al personal funcionario que tuviese consolidado un grado inferior y desempeñara puesto de trabajo clasificado para su grupo de titulación.
