Dt 7 Caza de Aragón -Vigente-
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»D.T. 7ª. Consejo de Caza de Aragón y consejos provinciales de caza.
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Hasta que se proceda a la aprobación de la nueva regulación de la composición y funcionamiento del Consejo de Caza de Aragón y de los consejos provinciales de caza de Aragón prevista en el artículo 73, se aplicará lo previsto en el Decreto 42/1986, de 14 de abril, de la Diputación General de Aragón, por el que se crean los Consejos de Caza de Aragón y se regula su funcionamiento y competencia.
