Dt 7 Derecho a la Vivienda
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»DISPOSICIÓN TRANSITORIA SÉPTIMA. Precios máximos de adjudicación o venta y renta de las viviendas protegidas con solicitud de calificación provisional anterior a la entrada en vigor de la presente Ley Foral.
Vigente
Los precios máximos de adjudicación o venta y renta de las viviendas protegidas con solicitud de calificación provisional anterior a la entrada en vigor de la presente Ley Foral serán los que correspondan conforme a la normativa anteriormente aplicable, excepto lo dispuesto en el apartado 4 de la disposición adicional octava de esta Ley Foral.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 17-05-2010 en vigor desde 17-07-2010