Dt 7 Imp. sobre el Valor Añadido -IVA- Bizkaia
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»D.T. 7ª. Regularización de las deducciones efectuadas con anterioridad al inicio de la actividad.
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La regularización en curso a la entrada en vigor de la presente Norma Foral de las deducciones por cuotas soportadas con anterioridad al comienzo de las actividades empresariales o profesionales o, en su caso, de un sector diferenciado de la actividad, se finalizará de acuerdo con la normativa vigente a 31 de diciembre de 1992.
Cuando el inicio de la actividad empresarial o profesional o, en su caso, de un sector de la actividad, se produzca después del 1 de enero de 1993, la regularización de las deducciones efectuadas con anterioridad se realizará de acuerdo con las normas contenidas en los artículos 112 y 113 de la misma.
