Dt 7 Medidas de simplificación y racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los ciudadanos con la Administración
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»D.T. 7ª. Adaptación normativa en el ámbito de las competencias en materia de gestión del gasto público.
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Las competencias hasta ahora atribuidas o delegadas en materia de gestión del gasto, se entenderán atribuidas o delegadas a los órganos a los que correspondan como propias o por delegación las competencias para dictar los actos administrativos o aprobar los negocios jurídicos correspondientes.
Esta disposición surtirá efectos a partir de la efectiva implantación de las medidas de simplificación del procedimiento de gestión del gasto, en los términos que se determinan en la disposición final de entrada en vigor.
