Dt 7 Reglamento de la Act...lojamiento

Dt 7 Reglamento de la Actividad Turística de Alojamiento

Ver Indice
»

DISPOSICIÓN TRANSITORIA SÉPTIMA. Obtención de la categoría de cinco estrellas gran lujo.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Los hoteles clasificados en cinco estrellas a la entrada en vigor del presente Decreto, podrán acceder a la categoría de cinco estrellas gran lujo cumpliendo los requisitos y estándares previstos en el Reglamento de la actividad turística de alojamiento, previa reclasificación efectuada por el cabildo insular competente.