Dt 7 Urbanismo de C. León
- Se derogan las disposiciones o referencias recogidas en esta norma en cuanto prescriban la evaluación de impacto ambiental de proyectos que no estén sometidos al mencionado trámite de acuerdo con lo establecido en la normativa básica estatal o en la Ley 11/2003, de 8 de abril. - LEY 8/2014, de 14 de octubre, por la que se modifica la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevencion Ambiental de Castilla y Leon.
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»D.T. 7ª. Instrumentos urbanísticos en ejecución.
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Los instrumentos de gestión urbanística en ejecución a la entrada en vigor de esta Ley se terminarán de ejecutar conforme a la legislación anterior, salvo que incumplidos los plazos aplicables, el Ayuntamiento acuerde su sujeción al régimen establecido en esta Ley para las actuaciones integradas. A tal efecto se entenderá que están en ejecución:
a) En el sistema de compensación, desde la aprobación de las bases y estatutos de la Junta de Compensación.
b) En el sistema de cooperación, desde la aprobación del proyecto de reparcelación o la declaración de su innecesariedad.
c) En el sistema de expropiación, desde la aprobación de la relación de propietarios y la descripción de los bienes y derechos.
